ADMISION TEMPORAL
Régimen de aduana por el cual se permite el ingreso dentro del territorio aduanero de un país, con suspensión de los derechos y tasas a la importación, de mercaderías importadas con un propósito definido y destinadas a ser reexportadas, ya sea en su estado originario o como resultado de determinadas transformaciones o reparaciones dentro de un plazo preestablecido en la normativa que regula este régimen.
ADUANA
Unidad administrativa encargada de la aplicación de la legislación relativa a la importación y exportación de mercadería, como el control del tráfico de los bienes que se internan o externa de un territorio aduanero, realizando su valoración, clasificación y verificación, y de la aplicación y la fiscalización de un régimen arancelario y de prohibiciones, estas últimas pueden ser: económicas y no económicas.
AEROPUERTO
Es una estación o terminal situada en un terreno llano que cuenta con pistas, instalaciones y servicios destinados al tráfico de aviones. Los aeropuertos permiten el despegue y el aterrizaje de aviones de pasajeros o de carga, además de proveerles combustible y el mantenimiento.
AEROPUERTO INTERNACIONAL
Es un aeropuerto típicamente equipado con instalaciones de aduanas e inmigración para gestionar vuelos internacionales con otros países.
AFORO
Evaluación de una mercadería por la autoridad aduanera a los fines del pago de los derechos de aduana.
AGENCIA NAVIERA
Las agencias navieras son los representantes del Armador en un puerto determinado, por su ello su función primordial es la de representar a su cliente.
AGENTE ADUANAL (CUSTOM BROKERS)
Un agente aduanal es la persona autorizada por el Servicio de Administración Tributaria, que al igual que una agencia aduanal despacha mercancías en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la Ley Aduanera mexicana. Conoce más sobre qué es una agencia aduanal o agente aduanal y sus funciones.
AGENTE DE CARGA (FREIGHT FORWARDERS)
Es un agente que actúa en nombre de los exportadores, importadores y empresas con el fin de organizar el envío o transporte de la mercancía de forma rentable, fiable y eficiente. En inglés, este término se denomina Freight Forwarder. El transitario es un elemento clave en las operaciones de comercio internacional, pues se ocupa de gestionar el envío de las mercancías a nivel global. Los transitarios están especializados en reducir costes, facilitando y optimizando la logística del transporte.
AGENTES CONSOLIDADORES
Es un operador distinto al porteador (persona física o jurídica que se encarga de realizar el transporte internacional de mercancías), que carga de forma agrupada bajo su propio nombre y responsabilidad las mercancías de uno o más consignatarios finales.
AGENTE DE TRANSPORTE ADUANERO
Es la persona de existencia visible o ideal que, en representación de los transportistas, tiene a su cargo las gestiones relacionadas con la presentación del medio transportador y de sus cargas ante la Aduana. No existe distinción respecto del tipo de transporte que se utilice, sea terrestre, marítimo, o aéreo.
ALMACEN PARTICULAR
Recinto debidamente individualizado en el documento de destinación, donde mercancía extranjera permanece dentro de un plazo determinado (máximo 90 días) bajo potestad aduanera.
ALMACEN GENERAL DE DEPÓSITO
Son organizaciones auxiliares de crédito. Su objetivo principal es el almacenamiento, guarda, control, conservación, manejo, distribución o comercialización de los bienes o mercancías que se destinan a su custodia amparados por un certificado de depósito y un bono de prenda
APODERADO ADUANAL
Es en pocas palabras, una persona física o moral, autorizada por otra persona física o moral para poder realizar actividades de comercio exterior.
APROVISIONAMIENTO
Embarque de mercancías -nacionales o extranjeras- destinadas a naves y/o aeronaves -nacionales o extranjeras- que no efectúen transporte internacional.
ARANCEL
Es un impuesto o derecho de aduana, que se cobra sobre una mercancía cuando ésta se importa o exporta.
AREA ADUANERA
Es la parte del territorio político limitada por la línea aduanera, o sea, la extensión territorial en la cual, para que tenga acceso la mercancía procedente del exterior y también para franquear la salida a las del país, se hacen efectivos los preceptos de la legislación específica aduanera y, cuando procede, los derechos o impuestos del arancel o tarifa, que es consecuencia natural de aquella legislación.
ARMADOR
Persona bajo cuyo nombre y responsabilidad directa gira la expedición o la Es la “gestión comercial o náutica” de la nave gestión de la explotación del buque, tanto náutico como comercial.
ARRUMAJE
Acondicionamiento de la carga de un buque con el de que esta no se dañe o eche a perder.
AUTOSEGURO
Es aquella situación en que una persona, sea física o jurídica, soporta con su propio patrimonio las consecuencias que se pueden derivar de los posibles siniestros en su giro comercial o industrial, es decir, sin recurrir a la intervención de ninguna entidad aseguradora.
AUXILIARES DEL SERVICIO ADUANERO
También auxiliares del comercio; son personas de existencia visibles o ideal, conocidos como agentes de comercio exterior, para gestionar en nombre y por cuenta de un tercero las registraciones y los trámites de introducción y extracción de mercadería ante el organismo fiscalizador. Es importante advertir que al ser estos, el nexo entre el importador o exportador y los organismos de contralor, dada la importancia que posee la labor que desarrollan; deben estar previamente habilitados por la Aduana, por lo cual se le exige aprobar un examen de idoneidad en la materia.
BALANCE COMERCIAL
Conjunto de las transacciones comerciales realizadas por un país con el exterior, en un periodo determinado (un año), consistentes en la importaciones y exportaciones de mercancías consideradas en su conjunto, exteriorizándose el resultado de tres maneras distintas, conforme a los resultados de los valores totales intercambiados, a saber: balance comercial nivelada ( cuando la importación y la exportación se equilibran), deficitaria o favorable ( exceso de importación sobre exportación) y, favorables o con superávit ( exceso de exportación sobre importación).
BALANZA DE CAPITAL
Es aquella parte de la balanza de pagos que recoge los movimientos de capital tanto a corto y largo plazo y la variación de las reservas de divisas de un país frente al resto. Incluye también las ayudas del extranjero y las compras de bienes y servicios.
BARCO
Artefacto de madera, hierro o acero que flota en el agua y puede transportar personas o cosas también se le denomina con los sinónimos: Navío, buque o embarcación.
BARRERA COMERCIAL
Son aquellos obstáculos impuestos a nivel nacional que limitan el libre intercambio a fin de proteger la economía tales como: tarifas, cuotas, depósitos por importación, etc.
BROKER
En un mercado organizado, es el agente que sirve como intermediario entre el comprador y el vendedor de una mercancía o servicio. / Distribuidor que actúa en un área o mercado. Suele ser una especie de mayorista que consolida demanda y ofertas a través de una gran red de compradores y vendedores. Este puede poner en contacto al vendedor con una serie de compradores, por ello bien sea que se le paga una comisión o un contrato para que de seguimiento a sus operaciones.
BUQUE DE CARGA GENERAL
Son conocidos por multipropósito. Transportan mercancías diversas, carga general, a granel, contenedores e incluso pueden llevar algún pequeño tanque. Se transporta carga de todo tipo, generalmente paletizada, también pueden llevar contenedores sobre cubierta.
CABOTAJE
Navegación o tráfico que hacen los buques entre los puertos de su nación sin perder de vista la costa, o sea, siguiendo derrota de cabo a cabo. La legislación marítima y la aduanera de cada país suelen alterar sus límites en el concepto administrativo, pero sin modificar, por lo común, su concepto técnico.
CAMION
Vehículo motorizado concebido para el transporte de mercancías, provisto de cabina y carrocería, y con una capacidad de carga útil mínima de 2.000 kg. / Vehículo automotor de operación libre destinado al transporte de carga. Excluye los vehículos livianos de dos ejes, que asimilan a los pasajeros.
CARGA
Se denomina así a aquellas mercaderías que son objeto de transporte mediante el pago de un precio. También se puede denominar carga a las mercaderías que un buque, un avión u otro tipo de vehículo transportador, tiene en su bodega o depósito en un momento dado. También cabe entender por tal al tonelaje de la carga que un buque puede transportar en sus bodegas.
CARTA DE CREDITO
Una carta de crédito es una herramienta de pago que se rige de acuerdo a normas internacionales. Este instrumento permite que una persona indique a un banco que concrete un pago a un tercero, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones.
CARTA DE PORTE
Es un documento jurídico de carácter declarativo que prueba la existencia de un contrato de transporte. Informa acerca de los términos en que se produjo el acuerdo y atribuye derechos sobre la mercancía transportada.
CERTIFICADO DE ORIGEN
Es un formato oficial mediante el cual el exportador de un bien o una autoridad certifica que el bien es originario del país o de la región por haber cumplido con las reglas de origen establecidas. Este documento se exige en el país de destino con objeto de determinar el origen de las mercancías.
COMERCIO EXTERIOR
Es aquel que se refiere al conjunto de transacciones de naturaleza comercial y financiera, que implica el intercambio de bienes y servicios entre un país en particular con otros países o naciones.
CONDUCTOR
Persona a cargo de un vehículo. Los agentes o representantes legales de la Empresa de Transporte. conocimiento de embarque o B/L (por sus iniciales en inglés, Bill of Lading) es un documento propio del transporte marítimo que se utiliza en el marco de un contrato de transporte de las mercancías en un buque en línea regular. La finalidad de este documento es establecer las reglas de la relación contractual entre el cargador, el consignatario (o destinatario) y el transportista, dando confianza a cada parte respecto al comportamiento de las otras.
CONSIGNANTE o CONSIGNATARIO CON LICENCIA PARA DESPACHAR
Persona natural o jurídica (nombramiento privativo del Director de Aduanas) que por cuenta propia y habitualmente reciben o remiten a su nombre u orden, como destinatarios finales en los conocimientos de embarque, cartas de porte, guías aéreas o manifiestos.
CONTENEDOR
Es un recipiente de carga para el transporte marítimo o fluvial, transporte terrestre y transporte multimodal. Se trata de unidades estancas que protegen las mercancías de la climatología y que están fabricadas de acuerdo con la normativa ISO (International Organization for Standardization), en concreto, ISO-668;2 por ese motivo, también se conocen con el nombre de contenedores ISO.
CONTROL A BORDO Y VISITA A LOS MEDIOS DE TRANSPORTE
Operación por la cual la Aduana se constituye a bordo de un medio de transporte para recoger informaciones sobre: Responsables del medio, control documentos (comerciales-transporte-cargamento) productos de aprovisionamiento (rancho), tripulación y pasajeros.
CONSIGNATARIO
Persona designada por el expedidor del Producto para que se haga cargo de ella y la entregue al importador; el consignatario y el importador podrán ser la misma persona física o moral, si así lo determina el remitente de la misma.
CORREDORES (BROKERS)
Personas que tienen por profesión habitual el acercamiento a la oferta y la demanda, o sea, de los vendedores o compradores de bienes y servicios.
CREDITO DOCUMENTARIO
Instrumento comercial mediante el cual se acredita el acuerdo o compromiso por medio del cual un banco, actuando a pedido y según las instrucciones de un cliente, deben pagar al beneficiario o deberá pagar, aceptar o negociar letras de cambio o autorizar que estas sean pagadas, aceptadas o negociadas por otros bancos, contra la entrega de los documentos estipulados en los términos y condiciones del crédito.
DECLARACION DE ADUANA
Se denomina así al formulario impreso, debidamente cumplimentado por el importador/exportador que tiene como objetivo principales: permitir la liquidación y el cobro de los derechos, impuestos u otros gravámenes que se deba pagar por las mercancías, y; fiscalizar la importación/exportación de mercancías sujetas a limitaciones y/o protecciones (flora, fauna) y/o prohibiciones y/o exenciones (derechos).
DEPOSITO FISCAL
Consiste en el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en almacenes generales de depósito que puedan prestar este servicio en los términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y además sean autorizados para ello, por las autoridades aduaneras. El régimen de depósito fiscal se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias.
DERECHOS O IMPUESTOS ADUANEROS
Son aquellos que recaen sobre mercancías que entran (derecho de importación) o salen (derechos de exportación) de un territorio aduanero.
DIVISA
Medio de pago internacional representado por una moneda extranjera emergente de los créditos que un país tiene contra otro por el suministro de mercancías, capitales o servicios, o por las autorizaciones que éste le haya conferido para efectuar pagos girando temporariamente en descubiertos.
DOCUMENTOS PARA EL DESPACHO ADUANERO
Son aquellos documentos comerciales que representan formalmente la existencia y el dominio de la mercadería a que se refieren y que son en definitiva, el objeto último de la transacción respectiva. Los requisitos en los diferentes países de destino no suelen ser iguales en materia de documentación exigida y a veces son variables, inclusive, en el mismo país, atendiendo al tipo de mercadería. Los documentos exigidos con mayor frecuencia son: facturas comerciales, certificados de origen, certificado de valor, certificado de sanidad o veterinario, lista de bultos, conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte, póliza o certificado de seguro.
DRAWBACK
Restitución o devolución, total o parcial, de los derechos de importación u otros impuestos internos sobre materias primas o mercancías importadas, cuando son reexportadas, ya sea con un mayor grado de elaboración o formando parte, en mayor o menor proporción, de otros artículos que se exportan.
DERECHOS DE ADUANA
Derechos establecidos en el Arancel Aduanero y/o Legislación Nacional, a los cuales estén sujetas las mercancías que entran o salen del País.
DERECHO ESPECÍFICO
Tributo que grava las importaciones en una cantidad fija de dinero por cada unidad de medida (previamente establecida) que puede ser kilogramo, litro, docena, metro, etc.
DESPACHADOR DE ADUANA
Es aquella persona natural o persona jurídica facultada para efectuar el despacho aduanero de las mercancías.
DESPACHO ADUANERO
Conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en el presente ordenamiento, deben realizar ante la aduana, las autoridades aduaneras y quienes introducen o extraen mercancía del territorio nacional, ya sean los consignatarios, destinatarios, propietarios poseedores o tenedores de las importaciones y los remitentes en las exportaciones, asi como los agentes aduanales, empleando el sistema electrónico aduanero.
DESTINACION ADUANERA
Es la manifestación de voluntad del declarante, expresada mediante la declaración aduanera de mercancías, con la cual se indica el régimen aduanero al que debe ser sometida la mercancía que se encuentra bajo la potestad aduanera.
DIVISIÓN DE MERCANCÍAS
Separación física a que pueden someterse las mercancías amparadas por un mismo conocimiento de embarque u otro documento que le sustituya.
DOMICILIO FISCAL
Es el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria. Para las personas físicas, el domicilio fiscal será el lugar donde tenga su residencia habitual.
EMBARQUE
Se entiende la acción de cargar las mercaderías sobre los medios de transporte en que han de salir del recinto aduanero con destino al exterior o a otras Aduanas del país.
EFECTOS PERSONALES
Son los artículos que, por su naturaleza y cantidad, el pasajero pueda razonablemente utilizar en el transcurso del viaje, tomando en cuenta la duración, circunstancias y objetivo del viaje, así como la profesión, actividad y características del mismo, con exclusión de mercancías que por su tipo, cantidad o valor hagan presumir que tengan carácter o objetivos comerciales.
EMBALAJE
El embalaje o empaque es un recipiente o envoltura que contiene productos de manera temporal principalmente para agrupar unidades de un producto pensando en su manipulación, transporte y almacenaje. Otras funciones del embalaje son: proteger el contenido, facilitar la manipulación, informar sobre sus condiciones de manejo, requisitos legales, composición, ingredientes, etc.
EMPAQUE
Es todo aquello que protege y conserva las cualidades del producto, facilita su transporte y manejo. Este puede proporcionar mayores índices de venta por medio de la presentación que le da al producto.
EMPRESAS DE CORREO RÁPIDO (COURIER)
Personas jurídicas con una organización destinada a la prestación de servicios de transporte internacional expreso por vía aérea o terrestre de correspondencia, documentos y envíos de mercancías que requieran un traslado urgente y disposición inmediata de parte del destinatario.
EXPORTACION
Se define como el envío de un producto o servicio a un país extranjero con fines comerciales.
EXPORTADORES
Son los que realizan la declaración de exportación.
FLETE
Precio pagado por el transporte de mercancía, destinándose a esta última con la denominación de la carga.
F.O.B.
Del inglés “free on board”. Significa, en las relaciones entre fletante y fletador, que los gastos de embarque corren por cuenta del segundo, y que el transportador entregará la carga en el puerto al costado del buque.
GARANTÍA
Obligación y accesoria con el objeto de asegurar: pago de derechos, impuestos, multas, otros gravámenes y el cumplimiento de otras obligaciones ante el Servicio.
GRAVAMEN ADUANERO
Se conoce como tipo de gravamen a la tasa que se aplica a la base imponible y que supone la cuota tributaria. Esta tasa puede ser fija o variable y se expresa a través de un porcentaje. La aplicación específica del término dependerá de la rama del derecho en cuestión.
GUIA AEREA
La guía aérea es instrumento no negociable que sirve como recibo para el remitente y es emitida por la aerolínea o por el consolidador; la AirWay Bill indica que el transportista ha aceptado la mercancía contenida en la lista y que se compromete a transportar el envío al aeropuerto de destino, de acuerdo con el contexto anotado en el reverso del original de la guía.
GUÍA COURIER
Documento constancia del contrato entre expedidor y Empresa de Correo Rápido (Courier), que equivale al Conocimiento de Embarque por cada envío. Debe especificar detalladamente el contenido de cada uno de los bultos que ampara.
IMPORTACION
Son el transporte de bienes y servicios del extranjero, los cuales son adquiridos por un país para distribuirlos en el interior de este. Las importaciones pueden ser cualquier producto o servicio recibido dentro de la frontera de un Estado nacional con propósitos comerciales.
IMPORTADOR
Persona física o jurídica que adquiere mercancías extranjeras o contrata servicios prestados por extranjeros.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
Tributo que se fija en las Importaciones, calculándose por porcentaje sobre valor aduanero más los derechos de Aduana.
INTERMEDIARIO (BROKER)
Persona o empresa que frecuentemente actúa como intermediario entre el comprador y el vendedor, por lo general, mediante el pago de una comisión. También llamado “agente” o “broker”.
TRANSPORTE INTERMODAL
Se refiere a la articulación entre diferentes modos de transporte utilizando una única unidad de carga (generalmente contenedores), a fin de realizar más rápida y eficazmente las operaciones de trasbordo de materiales y mercancías, durante el traslado de la carga desde un punto de origen hasta un punto de destino. Se consideran como modos de transporte diferentes, dentro del transporte terrestre, el camión y el ferrocarril, y dentro del transporte por agua, el transporte marítimo y transporte por vías navegables interiores.
JURISDICCION ADUANERA
Porción del territorio aduanero dentro del cual las mercaderías están sujetas a la vigilancia y reglamentación aduanera. Ella comprende, no sólo los puertos u otros lugares donde están situadas las aduanas, sino también el radio de vigilancia costera o terrestre hasta donde se extiende esa jurisdicción. El área o territorio aduanero se confunde generalmente con el territorio político, siendo la jurisdicción aduanera el lugar o recinto concreto donde se cumplen las formalidades de índole arancelaria otro tipo.
LEGALIZACION
Acto administrativo, mediante el cual la autoridad competente acredita la autenticidad de un documento o de una firma, atribuyéndole efectos legales.
LEGISLACION ADUANERA
Ley de aduanas que se encarga de regular las mercancías que ingresan y salen del país, simplificando, adecuando, vigilando y modificando los procesos aduaneros que se realizan en el territorio nacional, lo que facilita el cumplimiento de los compromisos que se adquieren respecto a los acuerdos comerciales y las prácticas internacionales.
LEVANTE
Acto por el cual se autoriza a los interesados disponer de las mercancías que son objeto de desaduanamiento.
LINEAS AEREAS
Una aerolínea es una organización o compañía de transporte aéreo que se dedica exclusivamente al transporte de pasajeros, de carga, o de animales, mediante el uso de un avión o aeronave.
LINEAS DE CRÉDITOS
Se refiere a los créditos que los bancos ponen a disposición del usuario para determinados fines. La liquidación es la acción y el resultado de liquidar, que significa, entre otras cosas, concretar el pago total de una cuenta, ajustar un cálculo o finalizar un cierto estado de algo la logística es el conjunto de los medios y métodos que permiten llevar a cabo la organización de una empresa o de un servicio. La logística empresarial implica un cierto orden en los procesos que involucran a la producción y la comercialización de mercancías
MANIFIESTO
Relación detallada de todo el cargamento de un transporte, que debe ser presentada por el transportista a las autoridades competentes que se la requieran. Este documento contiene detalle de marca, número, especie de mercadería, kilos, cargadores, consignatario o cualquier otra información que pueda ser requerida por la autoridad aduanera o consular en los países de exportación y/o importación.
MANIFIESTO DE COURIER
Documento que debe contener la individualización de cada una de las Guías Courier que transporta un vehículo o Mensajero Internacional (aéreo o terrestre) y mediante el cual las mercancías se presentan y entregan a la Aduana a fin de acceder al tratamiento Courier.
MANIOBRA
Arte de dar a las embarcaciones todos sus movimientos. Facha hecha a bordo de un buque con sus aparejos.
MEDIOS DE PAGO INTERNACIONALES
Los que se emplean en el comercio internacional como consecuencia de operaciones del exterior. Los medios de pago resultan insustituibles en el mercado internacional.
MERCADO
En el lenguaje común se entiende por mercado un lugar –que puede ser una plaza o un edificio- donde se vende y se compra determinado bienes y se contrata algunos servicios, con intervención o no de intermediarios, por tanto el mercado es un elemento necesario de toda organización económica fundada en la división del trabajo y sobre el cambio.
MERCADO COMUN
Es la eliminación de las barreras al comercio entre un grupo de países, para que los productos de cada uno de ellos tengan libre acceso al interior de los demás como si fuera su propio territorio, sin más costo adicional que el transporte. Para los efectos del comercio entre estos países y también con el resto del mundo, todos los que formen el grupo constituyen un solo territorio o mercado, con una tarifa aduanera externa uniforme respecto de los demás.
MERCANCIA
Una mercancía es cualquier objeto factible de ser comercializado o intercambiado en el mercado. Se caracteriza por poder satisfacer alguna necesidad del consumidor. Es decir, una mercancía es cualquier bien que las personas pueden comprar y/o vender. Así, por medio de esa transacción, se busca cubrir una demanda.
MERCANCÍA COURIER
Aquellas que sean susceptibles de importarse o exportarse a través de Empresas de Correo Rápido (Courier): Documentos – Envíos – Encomiendas. Envíos o Encomiendas que requieran de despacho expreso constatado. Todo lo que no se enmarque dentro de los conceptos establecidos deberán someterse a tratamiento normal.
MERCANCIA EXTRANGERA
La que proviene del exterior, cuya importación no se ha consumado legalmente, la colocada bajo regímenes suspensivos, temporales o de perfeccionamiento, así como la producida o manufacturada en el país y que ha sido nacionalizada en el extranjero.
MERCANCIA NACIONAL
La producida o manufacturada en el país con materias primas nacionales o nacionalizadas.
MERCANCÍA NACIONALIZADA
Es la mercancía extranjera cuya importación se ha consumado y queda liberada a disposición de los interesados.
MERCANCÍA PRESUNTIVAMENTE ABANDONADA
Aquellas que cumplido los plazos de ley permanecen sin tramitación de despacho ni notificación del consignatario o propietario quedando a disponibilidad -de hecho- del Servicio.
MUESTRAS
Desempeñan un papel importante en el comercio internacional en general. Casi todas las operaciones de compra en el exterior suelen basarse en el estudio previo, por parte del importador, de algunas muestras del producto de que se trate. También se exponen, muestras de productos, en ferias internacionales como vidrieras a futuras operaciones comerciales. La Administraciones aduaneras contienen en sus respectivas legislaciones regulaciones específicas y flexibles para el ingreso de muestras por lo general con facilidades impositivas.
MULTA
Sanción pecuniaria que se impone a los responsables de infracciones administrativas aduaneras.
OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR
Despachadores de Aduana, conductores de recintos aduaneros autorizados, transportistas, concesionarios del servicio postal, dueños, consignatarios, y en general cualquier persona natural y/o jurídica interviniente o beneficiaria, por sí o por otro, en operaciones o regímenes aduaneros previstos en la Ley, sin excepción alguna.
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE NORMALIZACION.
En inglés. International Organization for Standarization (I.SO.). Organización internacional especializada en normalización, que agrupa a un conjunto muy importante de centros nacionales de normalización de distintos países. El objeto de la I.S.O., según su Constitución, es el favorecer el desarrollo de la normalización en el mundo con miras a facilitar los intercambios de mercancías y las prestaciones de servicios entre las naciones, y de desarrollar la cooperación en los dominios intelectuales, científicos, técnicos y económicos. Esta organización fue instituida en 1946, su sede está en Ginebra, Suiza.
PAIS DE ORIGEN
Por tal se entiende, si se trata de productos naturales, allí donde son producidos, y si de manufacturas, el lugar donde se ha efectuado la transformación para darles la condición con que son introducidas en el país importador.
PAIS DE PROCEDENCIA
Se entiende el país del cual llega directamente la mercadería, sin considerar si fue producida o manufacturada en él.
PERÍMETRO FRONTERIZO DE VIGILANCIA ESPECIAL
Porción de territorio ubicado en las zonas secundarias, en el cual la existencia y tráfico de mercancías se encuentran sujetos a las prohibiciones y restricciones que establezca el Servicio.
PLAZO
Época que se fija para el cumplimiento de una obligación.
POLIZA DE SEGURO
Documento en que constan las condiciones estipuladas entre asegurador y asegurado con respecto al contrato de seguro. Las primas aplicables se calculan en función del tiempo de vigencia de los contratos, del valor asegurado y las de los riesgos propios de la carga y de los riesgos corridos durante su manipuleo y transporte.
POTESTAD ADUANERA
Es el conjunto de atribuciones que tiene el Servicio para controlar el ingreso y salida de mercancías hacia y desde el territorio nacional y para dar cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias que regulan las actuaciones aduaneras.
PRECIO
Estimación que se hace de una mercancía en términos de otra, respecto al valor que cada una individualmente representa.
PRECIO DE MERCADO
Precio que en un momento dado y actuando la demanda y la oferta con relativa libertad pone los bienes espontáneamente en el tráfico comercial.
PRECINTO
Hilo – bramante – banda o artículos similares destinados a ser utilizados en combinación con un sello.
PRECIO NORMAL
En el mercado, existiendo libre juego de la oferta y demanda, hay un precio normal que no es de circunstancia, sino de tendencia, hacia el cual se dirigen las ofertas.
PRESENTACIÓN DE LAS MERCANCÍAS A LA ADUANA
Entrega a la Aduana de documentación entre la cual se incluye el manifiesto de carga que hace la persona a cargo de un vehículo.
PRODUCTOS BASICOS
Son aquellos productos agrícolas, ganaderos o de la minería que no tienen o no han sufrido mayores tratamientos industriales.
PRODUCTO PERECEDERO
Es aquel producto cuya vida comercial es corta.
PUERTO
Por extensión, aquel espacio destinado y orientado especialmente al flujo de mercancías, personas, información o a dar abrigo y seguridad a aquellas embarcaciones o naves encargadas de llevar a cabo dichas tareas.
PUERTO LIBRE O PUERTO FRANCO
Es un puerto con una jurisdicción relajada con respecto al resto del país. En la mayoría de los casos, esto significa que está libre de impuestos o con una regulación favorable. Estas regiones suelen tener una política autonómica especial y más desarrollada.
RECINTOS ESPECIALES
Áreas que pertenecen a los Almacenes Aduaneros, destinados a la conservación de mercancías peligrosas en los que se deberán observar las medidas de seguridad necesarias.
RECINTO PORTUARIO
Espacio comprendido entre las obras de abrigo o línea externa de demarcación del área operativa acuática, y el límite perimetral terrestre del área en que se ubican las instalaciones portuarias
RECONOCIMIENTO FISICO
Operación que consiste en verificar lo declarado, mediante una o varias de las siguientes actuaciones: reconocer las mercancías, verificar su naturaleza y valor, establecer su peso o medida.
RECONOCIMIENTO PREVIO
Facultad del dueño, consignatario o sus comitentes de realizar en presencia del depositario la contratación y verificación de la situación o la condición de la mercancía sin intervención de la autoridad aduanera.
REEXPORTACION
Cuando una mercadería proveniente del exterior se despacha a plaza a un país, para luego volverla a embarcar con c destinos. Se dice que esa mercadería ha sido “reexportadas”, porque ha sufrido dos exportaciones: desde su país de origen asía el territorio de tal o cual país y desde ahí asía un tercero después.
RÉGIMEN ADUANERO
Tratamiento aplicable a las mercancías que se encuentran bajo potestad aduanera y que, según la naturaleza y fines de la operación puede ser definitivo, temporal suspensivo o de perfeccionamiento.
RESTRICCIONES O PROHIBICIONES ADUANERAS.
A las franquicias aduaneras se les suele oponer numerosos procedimientos de restricciones del comercio de importación y exportación; estas prohibiciones pueden ser generales, limitadas, permanentes o temporales, se explican por diversas finalidades: fiscales, protección industrial o comercial, protección de la salud pública, defensa de la propiedad intelectual o artística, etc.
RETIRO
Acto por el cual se permite a los interesados disponer de las mercaderías que son objeto de desaduanamiento.
RETORNO
Regreso al lugar de origen en el mismo vehículo de la carga llegada al lugar de su destino y no desembarcada.
TERMINALES DE ALMACENAMIENTO
Almacenes destinados a depositar la carga que se embarque o desembarque, transportada por vía aérea, marítima, terrestre, postal, fluvial y/o lacustre. Deberán ser considerados para todos los efectos como una extensión de la Zona primaria de la jurisdicción aduanera a la que pertenecen, por tanto en ella, se podrán recibir y despachar las mercancías que serán objeto de los regímenes y operaciones aduaneras que establece la Ley General de Aduanas.
TERMINALES DE ALMACENAMIENTO POSTAL
Almacenes instalados y operados por los Concesionarios de Servicio Postal, a los que son conducidos los envíos postales y o de correspondencia para su clasificación, almacenamiento y despacho.
TERMINO DE LA DESCARGA
Se entiende para efectos de control aduanero como el último día en el que se termina de descargar el vehículo transportador, para lo cual la actualidad aduanera deberá dejar constancia de dicho acto en el correspondiente documento.
TRANSBORDO
Traslado directo o indirecto de mercancías de un vehículo a otro o al mismo en diverso viaje, incluso su descarga a tierra con el mismo fin de continuar a su destino (transcurriendo cierto plazo entre llegada y salida).
TRÁNSITO
Paso de mercancías extranjeras a través del País cuando esta forma parte de un trayecto total comenzado en el extranjero y que debe terminar fuera de sus fronteras. Se considerara también “tránsito” el caso de mercaderías extranjeras descargadas por error u otras causas calificadas en zonas primarias o lugares habilitados y que no hayan salido de dichos recintos y siempre que la llegada y el posterior envío se haya efectuado por vía marítima o aérea.
TRANSPORTE INTERNACIONAL
Tráfico de naves o aeronaves -nacionales o extranjeras- (cargas o pasajeros) hacia o desde el exterior, autorizadas por la Dirección de Aeronáutica Civil – Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante, según corresponda.
TRANSPORTE INTERNO
Transporte de personas (embarcadas) o mercancías (cargadas) en un lugar dentro del Territorio Nacional para ser desembarcadas o descargadas en un lugar situado dentro del mismo Territorio Nacional.
TRANSPORTE MULTIMODAL INTERNACIONAL
Porte de mercancía por dos o más modos diferentes de transportes (camión, vagón, buque, aéreo), en virtud de un contrato de transporte multimodal, plurimodal o combinado, desde un lugar situado en un país en que el operador del transporte multimodal toma las mercancías, bajo su responsabilidad y custodia, para entregarla posteriormente en otro lugar situado en un país diferente. Las características esenciales de este sistema que lo distingue del transporte segmentado tradicional son, en primer lugar, que se trata de un sistema basado en un “contrato único” y, el segundo lugar, que el operador del transporte multimodal que asume la responsabilidad del cumplimiento del contrato, actual como “principal”, y no como agente del usuario o expedidor, o de los porteadores que integra los diferentes modos de transportes. Este principio se basa en el servicio de transporte de la mercadería de “puerta a puerta” reduciendo notablemente la documentación y el cumplimiento de otras formalidades como son de prácticas en el transporte tradicional.
TRANSPORTISTA
Persona que traslada efectivamente las mercancías o que tienen el mando del transporte o de la responsabilidad de éste.
USUARIO
Persona natural o jurídica que haya convenido con la Sociedad Administradora el derecho a desarrollar actividades instalándose en Zona Franca.
VALOR C&F
Cláusula de compra venta (Incoterms) que incluye el valor de las mercancías en el País de origen y el flete hasta el punto destino.
VALOR CIF
Cláusula de compra venta (Incoterms) que incluye el valor de las mercancías en el País de origen, el flete y el seguro hasta el punto de destino.
VALOR FOB
Cláusula de compra venta (Incoterms) que considera el valor de las mercancías puesta a bordo del vehículo en el país de procedencia, excluyendo seguro y flete.
ZONA ESPECIAL DE RECONOCIMIENTO
Area habilitada dentro de los almacenes aduaneros destinada al reconocimiento físico de las mercancías, de acuerdo a Ley.
ZONA FRANCA
Parte del territorio nacional debidamente delimitada, en la que las mercancías que en ella se introduzcan se consideran como si no estuviesen en el territorio aduanero con respecto a los derechos y tributos de importación, y no están sometidos al control habitual de ADUANAS.
ZONA PRIMARIA
Parte del territorio aduanero que comprende los recintos aduaneros, espacios acuáticos o terrestres destinados o autorizados para las operaciones de desembarque, embarque, movilización o depósito de las mercancías; las oficinas, locales o dependencias destinadas al servicio directo de una aduana; aeropuertos, predios o caminos habilitados y cualquier otro sitio donde se cumplen normalmente las operaciones aduaneras.
ZONA SECUNDARIA
Es aquella parte del territorio aduanero que le corresponde a cada aduana en la distribución de que ellos hagan el Superintendente Nacional de Aduanas para efectos de la competencia, intervención y obligaciones de cada una.